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Observatorio al Concejo de Cartagena de
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Abc del Concejo
Galeria:
¿Qué es el Concejo Distrital de Cartagena?
Es una corporación pública de elección popular, elegida cada 4 años entre los habitantes de Cartagena donde se discuten temas de ciudad, se realiza control político a la gestión de la Administración Distrital, se debate y dictan normas llamadas Acuerdos Distritales que regularán a los cartageneros.
¿Cuántos concejales tiene el Concejo de Cartagena de Indias?
En Cartagena hay 19 concejales distribuidos en 8 partidos o bancadas:
Bancada | Número de Concejales | Concejales |
Cambio Radical | 6 | William Amín Jattin, Antonio Salím Guerra, Daniel Vargas, Vicente Blel, María del Socorro Bustamante, Orlando Buelvas |
Conservadora | 3 | Antonio Quinto Guerra, Rafael Meza y William López |
Liberal | 2 | David Dáger y Boris Anaya |
De la U | 2 | Duvinia Torres y Lorenzo Hodges |
Por Una Sola Cartagena | 2 | Andrés Betancourt y Jorge Cárcamo |
PIN | 2 | Alfredo Díaz y Lewis Montero |
Colombia Democrática | 1 | Alberto Osorio |
Polo Democrático Alternativo | 1 | Henry Argél |
¿Cada cuánto se reúne el Concejo Distrital?
3 veces al año en las denominadas sesiones ordinarias comprendidas así:
- El primer período será en el primer año de sesiones, del dos de enero posterior a su elección, al último día del mes de febrero del respectivo año.
- El segundo y tercer año de sesiones tendrá como primer período el comprendido entre el primero de marzo y el treinta de abril;
- El segundo período será del primero de junio al último día de julio.
- El tercer período será del primero de octubre al treinta de noviembre, con el objetivo prioritario de estudiar, aprobar o improbar el presupuesto municipal.
Los concejales también sesionarán cuando la Alcaldesa considere necesario debatir proyectos de acuerdo de manera urgente, en lo que se llaman periodos extraordinarios.
¿Cuáles son las Funciones del Concejo Distrital?
- Reglamentar y garantizar la buena prestación de servicio por parte del Distrito haciendo control político a las dependencias de la Administración Distrital y a los entes que desempeñen funciones públicas.
- Adoptar planes de desarrollo(Económico, social , obras públicas)
- Autorizar los contratos que celebra la Alcaldesa.
- Normatizar y expedir el presupuesto de Rentas y Gastos cada año.
- Determinar la estructura, las funciones, y escalas de remuneración de la Administración Distrital y atender las iniciativas del Alcalde.
- Reglamentar, vigilar y controlar las actividades relacionadas con el uso del suelo, construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
- Elegir el Personero y el contralor Distrital cada tres años.
- Cuidar el patrimonio ecológico del distrito.
- Clasificar las áreas del perímetro urbano y darle nomenclatura a las casas, predios, vías etc.
- Establecer, reformar o eliminar tributos, impuestos, contribuciones y sobretasas.
- Defender nuestra cultura y cuidarla.
- Organizar la contraloría y personería.
- Dictar las normas del presupuesto de rentas y gastos.
- Elegir al Secretario General del Concejo.
- Autorizar los viajes internacionales del Alcalde.
- Señalar multas y penas de arrestos a quienes incumplas los acuerdos.
- Pedir informes a empleados del Distrito, para garantizar el buen desempeño de sus deberes.
- Reglamentar el repartimiento y entrega de los terrenos comunales y baldíos del Distrito.
- Expedir normas que reglamenten las actividades recreativas y de entretenimientos en zonas de uso público.
¿Qué cosas NO puede hacer un concejal?
- Los concejales no manejan recursos públicos, por tal no es de su competencia construir obras públicas como calles, parques, plazas o llevar energía o alcantarillado a ciertos barrios de la ciudad.
- Obligar a los habitantes a contribuir, con dinero o servicios, para fiestas y regocijos públicos.
- Usar el dinero y bienes del Distrito para objetos diferentes del servicio Público.
- Usar los acuerdos y resoluciones para intervenir en asuntos que son de su competencia.
- Dar auxilios a personas naturales o jurídicas.
- Empoderarse de asuntos que no le competen.
¿Cuánto gana un concejal?
Los concejales reciben honorarios por cada sesión a la que asiste, sin importar el tiempo que permanezca en la misma. En Cartagena los concejales ganan en promedio por sesión $350.000. Los días de año que el Concejo no sesiona, los concejales no reciben honorarios.
¿Los cartageneros pueden participar de las decisiones del Concejo?
SI, el Concejo de Cartagena, así como los demás Concejos del país, cuenta con un mecanismo de participación ciudadana llamado Audiencias públicas, que permiten a los cartageneros ir al recinto de debate y hablar frente a todos los concejales sobre el tema que se está discutiendo en el momento. Igualmente los concejales pueden pedir a algún ciudadano que intervenga sobre un tema puntual dentro de un debate utilizando la figura de sesión informal.
¿Quiénes pueden asistir a las sesiones del Concejo Distrital?
TODOS los ciudadanos pueden asistir a las sesiones programadas por el Concejo Distrital, ya sean Audiencias Públicas, debates de Control Político o debates varios.
Las instalaciones del Concejo de Cartagena se encuentran en la calle del Arsenal Cl 24 10-08 Edif Galeras de la Marina.
Web: http://www.concejocartagena.gov.co/
Datos de contacto: (5) 6641569
¿Dónde me puedo informar más sobre el Concejo?
A través de las bitácoras que realiza diariamente el Observatorio al Concejo de Cartagena, que resumen cada uno de los debates de la Corporación y que igualmente registra la gestión de todos los concejales.
Puedes contactarte con el Observatorio en observatoriocartagena@funcicar.org










